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GERENCIA
OCCIDENTE - POLIDUCTO DEL PACIFICO
PROCESO
APELL
PREPARACION
PARA LA ATENCION DE EMERGENCIAS
- LEY 46 DE 1988 (Por la cual se crea
el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de
Desastres, SNPAD)
- DECRETO 919 DE 1989 (Por el cual se
organiza el Sistema Nacional para la Prevención y
Atención de Desastres)
- LEY 09 DE 1989 ( Reforma Urbana -
Estudios Identificaciòn de Riesgos para los
asentamientos humanos )
- DIRECTIVA PRESIDENCIAL No. 33 DE
1990 (Componentes de Emergencia en los Planes de
Desarrollo Locales y Regionales dentro del Sistema
Nacional para la Prevención y Atención de Desastres)
- CARTA FUNDAMENTAL ( En los
Articulos correspondientes a la Prevenciòn, Protección
y Seguridad)
- LEY 99 DE 1993 (Por medio de la
cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente)
- LEY 321 de 1999 (Plan Nacional de
Contingencia contra Derrames de Hidrocarburos, Derivados
y Sustancias Nocivas, en Aguas Marinas, Fluviales y
Lacustres)
- PLANES LOCALES DE EMERGENCIA
- AUTO 606 DE 3 SEPTIEMBRE DEL 1997.
Por medio del cual el Ministerio del Medio Ambiente
autoriza la operación del Poliducto del Pacífico y
solicita que se incluya dentro del Plan de Contingencia
la metodología APELL (Concientización y Preparación
para Emergencias a Nivel Local) y se desarrollen las
Estrategias de los diez pasos.
Debiendo Ecopetrol presentar al
Ministerio un informe anual los primeros 15 dias del mes de
enero, indicando las estrategias adelantadas el año anterior
y las actividades programadas para el año vigente.
El ministerio evaluara cada año
mientras dure la operación del Poliducto del Pacífico, la
forma de aplicación de la metodología APELL, sus progresos
en las labores de Prevención y Simulacros que se desarrollen
en las àreas de influencia.
"LA
PREPARACION PARA LA ATENCION DE DESASTRES, UN CONCEPTO DE
PLANIFICACION"
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